Protección de Menores: Marco Jurídico y Medidas de Intervención Social
Marco Jurídico y Conceptos Fundamentales en la Protección de Menores
Según el artículo 12 de la Constitución Española, la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, considerándose niños a quienes se encuentran por debajo de dicha edad. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, en su artículo 1, define como niño a todo ser humano menor de 18 años, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.
Situación de Vulnerabilidad, Riesgo y Desamparo
La normativa vigente establece una distinción clara entre situaciones de riesgo y situaciones de desamparo:
- Situación de Riesgo: Se caracteriza por un daño al menor que no alcanza la gravedad suficiente para justificar la