Conceptos y Procedimientos Clave en el Derecho Procesal Civil Mexicano
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Conceptos y Procedimientos Clave en el Derecho Procesal Civil Mexicano
20. ¿Qué es la rebeldía?
Es la actitud de una de las partes, actora o demandada, que evita ejercer sus derechos o cumplir con sus obligaciones dentro de un proceso, con las consecuencias jurídicas y judiciales que conlleva su resistencia al normal funcionamiento del proceso.
21. ¿De dónde deriva el término transacción?
La palabra "conciliación" deriva del latín: conciliatonis conciliante, y es la acción y efecto de conciliar. Por otro lado, el "conciliador", deriva del latín conciliatoris conciliante, es la persona que reconcilia o se inclina a conciliar.
22. ¿Qué son las pruebas?
La palabra "prueba" corresponde a la acción de probar. A su vez, la palabra "probar" deriva del latín "probare" que en sentido legal se refiere a justificar la verdad de los hechos sobre los que se funda el derecho de cualquiera de las partes en un proceso.
23. ¿Cuáles son las pruebas?
- Confesión.
- Documentos públicos.
- Documentos privados.
- Dictamen de peritos.
- Reconocimiento o inspección judicial.
- Testigos.
- Fotografías, copias fotostáticas, registros dactiloscópicos y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia.
- Fama pública.
- Presunciones.
- Y demás medios que produzcan convicción en el juzgador.
24. Según el profesor Eduardo Pallares, ¿qué es la carga de la prueba?
El maestro Eduardo Pallares, ha expresado: "La carga de la prueba, en forma de una obligación procesal que tienen las partes de acreditar determinados hechos, si quieren obtener una resolución favorable a sus pretensiones".
25. Escriba ejemplos del tipo de confesiones.
- Confesión en sentido estricto y declaración de parte. Es la confesión, en cuanto consiste en una prueba que implica declaraciones emitidas por una de las partes sobre la cuestión, pero puede tener características de testimonial, porque puede comprender hechos que no forman parte de los estados de la parte.
- Confesión judicial y extrajudicial. Es la que se hace por una parte ante una autoridad judicial o no.
26. ¿También se le llama prueba instrumental?
La prueba documental, llamada también instrumental, está constituida por aquellos elementos denominados documentos.
Por documentos se entiende, aquel objeto material en el que constan signos escritos que sirven para dejar constancia de un hecho.
27. ¿Qué es un perito?
Perito es la persona versada en una ciencia o arte. La posesión de conocimientos específicos que no todos tienen es lo que da carácter a un sujeto de perito.
28. ¿Qué son las pruebas periciales?
Las pruebas periciales son aquellas que aportan al juzgador conocimientos, por medio de un dictamen producto de desarrollos científicos y técnicos con referencia a los hechos del proceso.
29. ¿Qué son los alegatos?
Los alegatos son las argumentaciones lógico-jurídicas, orales o escritas, que hace valer una de las partes ante el juzgador, mediante las cuales se demuestra que los hechos aducidos en el juicio y las normas jurídicas aplicables invocadas favorecen a la parte que alega y refutan la posición procesal que corresponde a la contraria respecto de los hechos, las pruebas y el derecho.
30. Para José Becerra Bautista, ¿qué es la sentencia?
"Si pensamos en la sentencia en términos generales, sabemos que es la resolución del juzgador que resuelve, con fuerza vinculativa, una controversia entre las partes".
31. ¿Cuál es el concepto doctrinal de las costas judiciales?
Las costas judiciales son los gastos que hacen las partes en un procedimiento judicial y que están comprendidos en la normatividad aplicable, gastos que están a cargo de quienes los realizan o del juzgador que condena a su pago.
32. ¿Cuál es el concepto de recurso?
Es un procedimiento legal que permite que el mismo órgano que la dictó o el superior, revise una resolución judicial dictada, con el fin de establecer si se revoca, modifica o confirma.
33. Lista de los recursos que se tramitan y resuelven ante el superior u otro órgano.
- Recurso de revocación. Previsto en el artículo 685 del CPCDF. En los casos en que la resolución no sea apelable, la revocación es admisible en contra de cualquier resolución que no sea la definitiva.
- Recurso de apelación. "Acción en virtud de la cual un tribunal de segundo grado, a petición de parte legítima, modifica o revoca una resolución de primera instancia".
- Recurso de reposición. Es el recurso equivalente a la revocación, pero, válido para la segunda instancia. Se interpone en contra de los autos dictados en segunda instancia. El oponente debe contestar el escrito de reposición del actor o de ambos, dentro del término de tres días.
- Recurso de queja. Es el medio de impugnación que se concede en contra de actos u omisiones del juez o ejecutor o secretario, ante el superior, en los casos y forma que la ley procesal establece.
- Recurso de responsabilidad. Es un procedimiento civil ordinario para exigir a la persona física que tiene el cargo de juez o magistrado, una responsabilidad civil.
34. ¿Cuál es el concepto de vía de apremio?
Es el procedimiento judicial en vigor que tiende a obtener la eficacia de las sentencias judiciales, laudos arbitrales o convenios, en caso de desacato.
35. ¿Cuáles son las condiciones para la ejecución de las sentencias?
- Las que condenan al pago de una cantidad de dinero líquida.
- Las que condenan a restituir daños y perjuicios, o al pago de frutos, rentas o productos.
- Las que condenan al pago de una cantidad no líquida.
- Las que condenan a hacer o no hacer algo.
- Las que condenan a la división de la cosa común.
- Las que condenan a la entrega de un bien mueble o inmueble.
36. ¿Qué son los juicios especiales?
Estos procedimientos son verdaderos juicios o, en muchos casos, son procedimientos simples, gestiones o trámites particulares. Solo algunas de estas formas de juicio especial constituyen un verdadero juicio, un proceso auténtico.
37. ¿Qué comprende la jurisdicción voluntaria?
La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que, por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez.
38. ¿Cuándo procede el trámite de información Ad Perpetuam?
La información Ad Perpetuam puede solicitarse cuando no haya más interesado que el propio promovente y se trate:
- De justificar un hecho o acreditar un derecho.
- Cuando se pretenda justificar la posesión como medio para acreditar el dominio pleno de un inmueble.
- Cuando se trate de comprobar la posesión de un derecho real.
39. ¿Cuándo procede el concepto jurídico de jurisdicción voluntaria de apeo y deslinde?
Tiene lugar siempre que no se hayan fijado los límites que separan un predio de otro u otros, o habiéndose fijado hay motivo fundado para creer que no son exactos, ya sea porque naturalmente se hayan confundido, o porque se hayan destruido las señales que los marcaban, o porque éstas se hayan colocado en lugar distinto del original.
40. ¿Cuándo opera la caducidad de la instancia?
Es la pérdida o extinción de un derecho, la caducidad del derecho conduce naturalmente a la caducidad de los títulos que lo amparan.
Se considera abandonado un juicio y perdido el derecho a continuarlo si las partes no promueven durante ciento ochenta días, tanto en primera como en segunda instancia. Con la caducidad de la instancia no se extinguen ni las acciones ni las excepciones de las partes, de modo que pueden iniciar otro proceso. El auto que declara la caducidad de la instancia es definitivo cuando ha causado ejecutoria, no interrumpe la prescripción.