El Contrato Comercial: Tipos, Efectos y Cláusulas Internacionales
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El Contrato
Las personas establecen relaciones jurídicas por diversos motivos. Estas relaciones determinan que una de las partes tiene un derecho frente a la otra, y esta última la obligación de satisfacer dicho derecho o no obstaculizar su ejercicio. El contrato es una fuente de relaciones jurídicas entre las partes contratantes, y por tanto, de derechos y deberes. Tiene gran importancia porque la mayoría de las relaciones jurídicas nacen de él.
Para que exista un contrato deben darse tres factores:
- La existencia de un acuerdo entre dos o más voluntades.
- Que dicho acuerdo verse sobre una materia o cosa determinada.
- Que la obligación que el contrato genera entre las partes sea exigible por los demás.
Efectos de los Contratos
En general, los efectos que derivan de los contratos obligan a los contratantes desde el momento de su perfección. El contrato:
- Debe ser perfeccionado bajo el consentimiento explícito de las partes.
- Debe ser cumplido de buena fe.
- Sus términos deben ser respetados por las partes y no se puede incumplir dicha obligación contractual salvo acuerdo mutuo entre ellas.
El Acuerdo Comercial en el Derecho Mercantil
El derecho comercial nació en las ciudades del norte de Italia durante la Edad Media. La pequeñez de esas entidades políticas se vio superada por las relaciones entre los comerciantes, y la resolución de los conflictos que pudieran surgir entre ellos impulsó la existencia de normas que trascendían las peculiaridades jurídicas de las diferentes ciudades.
El Contrato de Compraventa Mercantil
La compraventa mercantil siempre involucra a un comerciante. Para que una venta se considere mercantil se requieren las siguientes condiciones:
- Que los bienes hayan sido adquiridos con la intención de revenderlos.
- Que se pretenda obtener un beneficio con la venta.
Compraventa entre Distintas Localidades
Se produce cuando el vendedor y el comprador residen en lugares o localidades de diferentes países. En este caso, encontramos elementos adicionales, como el transporte y el seguro de las mercancías.
Dependiendo de cómo se realice el transporte o de quién asuma el riesgo del seguro, encontramos diversas cláusulas reconocidas en el comercio internacional, conocidas como INCOTERMS:
- EXW (Ex Works): El comprador asume todos los costos.
- FAS (Free Alongside Ship): El precio incluye el costo del transporte desde el origen hasta el muelle o vía férrea, pero no la carga. Si se incluye la carga, la cláusola sería FOB.
- CFR (Cost and Freight): El precio del flete de un buque hasta el puerto de destino es proporcionado por el vendedor.
- CIF (Cost, Insurance and Freight): CFR + Seguro.
- DES (Delivered Ex Ship): La mercancía llega al puerto de destino y el comprador asume los costos desde ese momento, incluyendo la descarga.
- DDP (Delivered Duty Paid): El vendedor asume todos los costos desde el origen hasta el destino.