Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812: Historia y Reformas
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Las Cortes de Cádiz
La Suprema Junta Central, incapaz de dirigir la guerra, decidió disolverse, no sin antes iniciar un proceso de convocatoria a Cortes para que los representantes de la nación decidieran sobre su organización y destino. Mientras el Parlamento se reunía, se mantuvo una Regencia compuesta por cinco miembros.
El proceso de elección de los diputados a las Cortes y su encuentro en Cádiz fue complejo; en muchos casos, se decidió elegir sustitutos entre las personas que ya se encontraban en la ciudad. Las Cortes se inauguraron en septiembre de 1810 y el sector liberal impuso la formación de una cámara única, frente a la representación tradicional por estamentos. En la primera sesión se adoptó el principio de soberanía nacional.
La Constitución de 1812
Una comisión del Parlamento preparó el proyecto de Constitución, que fue promulgada el 19 de marzo de 1812, día de San José, motivo por el cual fue apodada "La Pepa". Se trataba de un extenso texto de 384 artículos.
Derechos y libertades
La Constitución contenía una declaración de los derechos de los ciudadanos: libertad de pensamiento y opinión, igualdad ante la ley, derecho de petición, libertades civiles, derechos de propiedad y el reconocimiento de los derechos legítimos de todos los individuos de la nación española. La nación se definía como el conjunto de todos los ciudadanos de ambos hemisferios.
Estructura del Estado
La estructura del Estado correspondía a una monarquía constitucional, fundada en la división de poderes y no en el derecho divino:
- Poder Legislativo: El parlamento unicameral, que representaba la voluntad nacional y poseía amplias facultades para legislar y aprobar presupuestos. El mandato de los diputados duraba dos años. Se estableció el sufragio universal masculino indirecto.
- Poder Ejecutivo: El monarca era el jefe del poder ejecutivo, con capacidad de intervención en la redacción de leyes a través de la iniciativa y la sanción, además de un veto suspensivo por dos años. Las decisiones del monarca debían ser refrendadas por los ministros.
- Poder Judicial: La administración de la justicia era competencia exclusiva de los tribunales, estableciendo los principios fundamentales del Estado de derecho.
Otros artículos propusieron la reforma de los impuestos y las finanzas, la creación de un ejército nacional, el servicio militar obligatorio y la introducción de la educación primaria pública y obligatoria. El territorio se dividió en provincias con diputaciones provinciales y ayuntamientos electos, creándose además la Milicia Nacional. La Constitución también reflejó un compromiso entre sectores de la burguesía liberal y la afirmación de la confesionalidad católica del Estado.
El Trienio Liberal (1820-1823)
El 1 de enero de 1820, Rafael del Riego, al mando de una compañía de soldados, se sublevó en Andalucía proclamando la Constitución de 1812. La pasividad de las fuerzas armadas, las acciones de los liberales en las principales ciudades y la neutralidad de los campesinos obligaron a Fernando VII a aceptar la Constitución.
Inmediatamente se formó un nuevo gobierno, se declaró la amnistía y se convocaron elecciones a Cortes. Los resultados dieron una mayoría liberal que inició una intensa labor legislativa:
- Restauración de la libertad de industria y supresión de gremios.
- Abolición de los mayorazgos, los señoríos feudales y desamortización de tierras de monasterios.
- Reforma del sistema fiscal, del diezmo, del código penal y del ejército.
- Liberalización del comercio y la industria, eliminando obstáculos a la libre circulación de mercancías.
- Modernización política y administrativa del país.
Se formaron diputaciones provinciales y se desarrolló la Milicia Nacional, compuesta por las clases medias urbanas, con el fin de garantizar el orden y defender las reformas constitucionales.